La Dirección General de Transportes (DGT), hace un recordatorio a sus usuarios y población en general que las únicas personas autorizadas para hacer trámites en esta dependencia son los interesados, sus representantes legales debidamente acreditados o abogados colegiados activos.
Asimismo, según el Acuerdo Gubernativo 225-2012 Reglamento para la prestación del servicio público de transporte extraurbano de pasajeros por carretera y servicio especial de turismo, agrícola e industrial es prohibida la gestión ante la Dirección de cualquier otra persona.
El artículo 64 de dicho reglamento que habla sobre los facultados para efectuar trámites ante la dirección dice textualmente: “Las gestiones que se efectúen ante la Dirección, únicamente podrán ser realizadas por los interesados, por sus representantes legales debidamente acreditados o por abogados colegiados activos, quedando expresamente prohibida la gestión ante la Dirección, por cualquier otra persona, fuera de los mencionados anteriormente”.
Por lo tanto, y con el fin de garantizar la transparencia, evitar discrecionalidades y prevenir malas prácticas, se recalca a los usuarios y población en general que los trámites y gestiones ante la DGT solo podrán ser realizados por los autorizados en el reglamento.
Esta medida busca asegurar la correcta representación de los derechos e intereses de los ciudadanos, así como mantener altos estándares de eficiencia y legalidad en los procesos administrativos.
El recordatorio se hace en el marco del proceso de ordenamiento institucional que la DTG está llevando a cabo, con el objetivo de mejorar la calidad y eficiencia de los servicios que ofrece a la ciudadanía. Se agradece la colaboración de los usuarios en este esfuerzo para lograr efectividad institucional.
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