El Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda -CIV- a través de la Dirección General de Protección y Seguridad Vial -PROVIAL- y la Dirección General de Transportes -DGT- informa a la población que este martes fue publicado en el Diario de Centro América el Acuerdo Ministerial No. 69-2026, mediante el cual se establece el tipo de multas por presentar el certificado de implementación del Sistema Limitador de Velocidad -SLV-, conforme a lo dispuesto en la Ley para el Fortalecimiento de la Seguridad Vial y su reglamento.
El referido acuerdo entrará en vigencia a partir del 02 de marzo de 2026, fortaleciendo la aplicación de una normativa vigente desde el año 2016, orientada a reducir el exceso de velocidad y prevenir accidentes de tránsito, especialmente en el transporte de pasajeros y de carga.
El Acuerdo Ministerial No. 69-2026 tiene como finalidad establecer un esquema claro y progresivo de sanciones administrativas para quienes incumplan con la obligación de implementar el SLV, promoviendo el respeto a la ley y priorizando la protección de la vida en carretera.
Beneficios para la población
• Contribuye a disminuir accidentes provocados por exceso de velocidad.
• Protege la vida de pasajeros, peatones y conductores.
• Fortalece una cultura de prevención y responsabilidad vial.
• Brinda certeza jurídica sobre las consecuencias del incumplimiento.
Como parte de la implementación de esta normativa es importante dar a conocer que PROVIAL no es una entidad sancionadora, su función es preventiva y de acompañamiento, enfocada en:
• Brindar orientación a transportistas y conductores.
• Mantener presencia institucional en carretera.
• Apoyar operativos interinstitucionales.
• Verificar, dentro de sus competencias, el funcionamiento del SLV y canalizar hallazgos a las autoridades correspondientes.
En tanto la DGT es la entidad competente para la aplicación de las sanciones administrativas establecidas en el marco legal, así como la supervisión y control de las obligaciones relacionadas con el servicio del transporte extraurbano de pasajeros por carretera y de carga.
El CIV, PROVIAL y la DGT reiteran su compromiso de trabajar de manera coordinada para garantizar una implementación ordenada, técnica y transparente de esta medida, priorizando siempre la protección de la vida a través de la reducción de la velocidad para seguridad vial con responsabilidad compartida.








