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Preguntas Frecuentes
NO, la ley faculta a la DGT a cancelar la licencia a un porteador, es decir la licencia que le autoriza brindar servicio de transporte extraurbano de pasajeros, según el artículo 58 del acuerdo gubernativo 225-2012. Las licencias de conducir son competencia del Departamento de Tránsito de la PNC y de las PMT’S.

