Cualquier persona individual puede optar a convertirse en implementador del Sistema Limitador de Velocidad (SLV), siempre que cumpla con los requisitos establecidos en el Acuerdo Gubernativo 38-2019, estos son los siete pasos que debe cumplir.
El Sistema Limitador de Velocidad forma parte de las medidas impulsadas por las autoridades para reducir accidentes en carretera, especialmente en unidades de transporte colectivo. Su correcta instalación y funcionamiento dependen directamente de implementadores certificados, quienes deben atravesar un proceso técnico y administrativo riguroso antes de ser autorizados.
De acuerdo con la regulación, el procedimiento inicia con la presentación del expediente ante la autoridad correspondiente, el cual es revisado para verificar que cumpla con todos los requisitos. Si la documentación está completa, se emite una resolución de trámite que permite avanzar a las siguientes fases del proceso.
Posteriormente, los aspirantes deben demostrar el funcionamiento del sistema en carretera, someter sus instalaciones a inspección y participar en un proceso de capacitación coordinado con instituciones como PROVIAL, la Dirección General de Transportes (DGT) y la Policía Nacional Civil (PNC). Estas etapas buscan garantizar que los implementadores cuenten con las condiciones técnicas y operativas necesarias.
Finalmente, el expediente es evaluado a nivel institucional y jurídico antes de la emisión de la resolución de autorización.
Estos son los 7 pasos que se deben cumplir tanto empresas como personas individuales para ser implementadores del Sistema Limitador de Velocidad:
• Recepción y revisión del expediente. Si está completo, se emite resolución de trámite (Acuerdo Gubernativo 38-2019, Artículo 3).
• Demostración en carretera del Sistema Limitador de Velocidad.
• Inspección de las instalaciones del futuro implementador.
• Capacitación sobre el Sistema Limitador de Velocidad con participación de PROVIAL, DGT y PNC.
• Verificación del expediente y traslado a Dirección General para la emisión de la resolución de autorización.
• Traslado del expediente a la Unidad de Asesoría Jurídica para la emisión de la opinión correspondiente.
• Firma de la resolución.

Los implementadores del SLV deben hacer una demostración frente al personal de Provial y de la DGT, sobre la funcionalidad del dispositivo.








